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Siete Semanal
Última actualización
22-8-2008
Miranda

ESPECIAL CONSTRUCIÓN Y VIVIENDA : Ayudas para acceder a una vivienda (parte I)

Tan importante como seguir unos consejos básicos antes de comprar una vivienda es tener muy en cuenta las ayudas existentes a la hora de comprar o alquilar una vivienda. La Junta de Castilla y león pone en marcha una serie de ayudas destinadas a facilitar a las personas la compra o el alquiler, a continuación enumeramos las diferentes modalidades que existen:

- Alquiler de vivienda

- Jóvenes arrendatarios de vivienda

- Compra de Vivienda.

- Vivienda Rural.

Junto con estas convocatorias periódicas, existe otra serie de ayudas posibles, con plazo de presentación continuo:

- Adquisición de viviendas de promoción directa.

- Ayudas a la Rehabilitación aislada de viviendas.

- Viviendas libres desocupadas para su cesión en arrendamiento.

- Adquisición de viviendas usadas para su cesión en arrendamiento.

- Rehabilitación aislada de edificios.

- Promoción en nueva construcción o rehabilitación de edificios para su cesión en arrendamiento.

- Ayudas a la Urbanización de Suelo.

Esta semana nos vamos a facilitar toda la información referente a una de estas 11 modalidades existentes.. No obstante, para más información pueden llamar a los teléfonos 900 100 888/902 22 88 88 o consultar la página web de la Junta de Castilla y León www.jcyl.es

1. Alquiler de vivienda OBJETO: Ayudas económicas destinadas a subvencionar parcialmente la renta o precio de alquiler de las viviendas.

BENEFICIARIOS:

- Personas físicas arrendatarias de viviendas.

- Ingresos entre 0.5 y 3.5 veces IPREM, estos últimos corregidos (se exceptúa de ingresos mínimos a las víctimas de violencia de género y a mayores de 65 años).

- La vivienda deberá estar destinada a residencia habitual y permanente.

CONDICIONES DEL ALQUILER:

Precio anual del arrendamiento entre el 2 % y el 9 %del precio máximo de las viviendas de protección pública en alquiler.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

- Contratos formalizados con anterioridad a la publicación de la convocatoria, un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria e el BOCYL.

- Contratos formalizados con posterioridad a la publicación de la convocatoria, un mes desde la formalización del contrato y como máximo hasta el 30 de septiembre de 2008.

AYUDAS

El periodo subvecionable abarcará desde el 1 de octubre de 2007 hasta el 30 de septiembre de 2008.

Alquileres 2008

- Cuantía máxima anual: 2.800,00€.

- Incompatibilidad con otras ayudas que se puedan obtener de cualquier Administración para el mismo fin, así como con la renta básica de emancipación de los jóvenes dentro del mismo periodo subvencionable.

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