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La Guardia Civil investiga a una persona por un delito de incendio forestal

23.10.2018

Inicialmente fue catalogado como incendio agrícola resultando afectadas 0’6 hectáreas. La investigación ha destapado la existencia de dos focos intencionados a menos de 400 metros de la zona de influencia.

Una imprudencia por incumplimiento de la normativa se baraja como posible causa del incendio. La Guardia Civil fruto de la investigación en la que se originó un incendio que calcinó 0’6 hectáreas en las proximidades de Villadiego, ha identificado e investigado al presunto autor, F.P.M. de 74 años de edad, al que se le imputa un delito de incendio forestal por imprudencia.

A las 14:50 de aquel día se tuvo constancia de un incendio que finalmente arrasó una superficie de 0’6 hectáreas de rastrojo, pasto y matorral y que fue totalmente controlado y apagado durante la tarde de ese mismo día.

Fuerzas del Cuerpo iniciaban entonces una investigación; a la vista de los informes obtenidos, de la inspección ocular practicada en el lugar, así como de otras averiguaciones y gestiones practicadas en relación con el incendio, se llegó a una serie de conclusiones.

Se localizaron dos focos diferentes e intencionados en una misma parcela, con la finalidad de quemar basura y desechos orgánicos. Una vez iniciado el fuego, el causante abandonó la zona, dejando sin vigilancia y control la quema de restos orgánicos, si bien más tarde colaboró en la extinción del mismo.

La parcela donde se originó el fuego se encontraba a menos de 400 metros de la zona de influencia, masa forestal, integrada en la Red Natura 2000, incumpliendo por tanto la normativa de seguridad.

El incumplimiento de esta normativa, vigente en cuanto a prevención de incendios se refiere, y acreditadas una serie de negligencias por el actuante, ha llevado a la investigación de F.P.M. como presunto autor de un delito de incendio forestal.

Las diligencias instruidas han sido entregadas en los Juzgados de Burgos. SE ADJUNTA FOTOGRAFÍA.

Normativa en prevención de incendios: A continuación se indican las acciones o actividades que están prohibidas, a menos de 400 metros del monte:

  • Utilizar maquinaria o equipos que generen o puedan generar fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, radiales, soldadores, antorchas de goteo, etc., salvo que se haya autorizado expresamente su uso por el órgano competente.
  • El uso de fuego en actividad apícola, excepto los ahumadores cuando el asentamiento apícola cuente con una franja perimetral libre de vegetación de 3 metros, cuenten con una mochila de agua con una capacidad mínima de 16 litros y un extintor ABC y el ahumador se encuentre en recipiente metálico con mecanismo hermético.
  • El empleo de asadores, barbacoas, planchas, hornillos eléctricos y de gas u otros elementos que puedan causar fuego en el monte y terrenos, salvo que se encuentren situados dentro de edificaciones cerradas por los cuatro lados y posean chimenea con “apagachispas”.
  • Excepcionalmente y autorizado por el Ayuntamiento correspondiente, se podrán utilizar barbacoas fijas instaladas en zonas recreativas de acampada habilitadas por la administración.
  • Igualmente se exceptúan los campings, campamentos de turismo y juveniles que cumplan con lo establecido en sistemas de seguridad contra incendios.
  • La quema de rastrojos al aire libre en terrenos urbanos o urbanizables a la distancia referida.

Y recuerde, toda persona que advierta la presencia o inicio de un incendio estará obligada a comunicarlo a los servicios de emergencia, Agentes Forestales o Medioambientales, Ayuntamiento, Bomberos, Guardia Civil o Agentes de la Autoridad y en su caso a colaborar, dentro de sus posibilidades, a la extinción del incendio, por lo que se solicita la colaboración ciudadana para evitar el daño a nuestro medio ambiente llamando al 112 (Emergencias) o 062 (Guardia Civil).

 

 


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